La Fundacion Javier, adscrita a la Unidad de Salud Reproductiva (UNISARE), tiene dentro de sus propósitos, ser el ente operativo para el trabajo social que realiza la Unidad. Actualmente trabaja en dos proyectos, el primero que hemos llamado “Haciendo Realidad Tus Sueños” dirigido a parejas que presentan problemas para procrear, prestándole apoyo desde el punto de vista médico y financiero.
El segundo, “El Proyecto Javier”, que en 29 artículos defiende la salud biopsicosocial de los venezolanos no nacidos, sanos o enfermos, los primeros para evitar cualquier complicación dentro del útero, y los segundos para brindarles una mejor oportunidad dentro del problema que padecen.
En virtud del concepto social que hay sobre la vida del niño no nacido, la Fundación Javier se ha dedicado a promover la inclusión de este personaje en el núcleo familiar y social, para ello, realiza constantemente actividades invitando a las comunidades para que reconozcan la dignidad y el respeto que estos niños se merecen.
Proyecto Javier
“Defensa de los Derechos del Niño no nacido”.
Exposición de Motivos
El 20-11-89 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Convención Internacional sobre los derechos del niño,transformando las necesidades de los niños en derechos y estos derechos los agrupan en cuatro categorías:
- Derecho a la supervivencia: incluyendo el derecho a la vida, a la salud, nivel de vida adecuado, seguridad social asistencia a los padres para asumir la responsabilidad de sus hijos.
- Derecho al desarrollo: nombre y nacionalidad, no ser separado de sus padres.
- Derecho a la protección: protección a la explotación, crueldad (maltrato) respeto a su vida privada, protección al niño mental y físicamente afectado.
- Derecho a la participación: el de desempeñar un papel activo en la sociedad en general.
Venezuela ratifica la convención y la hace Ley el 29-08-90, a partir de este momento asume con los niños y adolescentes del país el compromiso de brindarles protección integral, básicamente en lo social y jurídico, igualmente la convención define como niño a todo ser humano menor de 18 años, luego el niño intrauterino debe gozar de estos derechos en la medida que proteja su salud biopsicosocial.
El Proyecto Javier trata de garantizar estos derechos a todos los niños que habitan dentro del vientre materno, protegiéndoles contra el maltrato de sus padres, la familia y la sociedad, reconociéndoles el derecho al respeto, a su dignidad de seres humanos, a la salud y educación.
El proyecto quiere motivar a los entes gubernamentales y a la sociedad a iniciar campañas especificas para la atención primaria de los niños intrauterinos entendiendo que son seres individuales; y con la ayuda de los avances tecnológicos lograr disminuir las altas tasas de morbimortalidad perinatal.
En 29 artículos queremos defender los derechos de estos niños huéspedes del vientre de las mujeres venezolanas, cuyo único pecado es el de no vetar y no vota.
- El Estado tomará todas las medidas apropiadas para garantizar que el Niño Intrauterino se vea protegido contra toda forma de maltrato.
- En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las Instituciones Públicas o Privadas de bienestar social una consideración especial a que se atenderá será el interés superior del Niño Intrauterino.
- El Estado se asegurará que las Instituciones, Servicios y Establecimientos encargados del cuidado de los Niños Intrauterinos respeten sus derechos.
- El Estado debe garantizar la supervivencia del Niño Intrauterino.
- Todo Niño Intrauterino tiene derecho a su Identidad y Nacionalidad desde el mismo momento que le sea confirmado el sexo.
- Todo Niño Intrauterino tiene derecho a ser educado y estimulado en el período gestacional.
- El Niño Intrauterino tiene derecho a asistir a la consulta médica como mínimo seis (6) veces mientras que permanezca en el vientre materno o inclusive todas las veces que sea necesario según lo determine su condición de salud.
- Todo Niño Intrauterino tiene derecho a la tecnología la cual debe ser suministrada por Instituciones Públicas y Privadas.
- El Laboratorio utilizado para prevención, Diagnóstico o Tratamiento de la Enfermedad Intrauterina debe ser manejado por profesionales avalados por Instituciones expertas en la especialidad.
- La sociedad está en la obligación de reconocer la Dignidad Humana de los Niños Intrauterinos.
- Si el futuro del País está en la niñez, al Niño Intrauterino se le debe brindar las mejores condiciones para su desarrollo Biopsicosocial.
- Como prioridad se deben implementar Campañas de Prevención y Promoción en Atención Primaria para el Niño Intrauterino.
- Todo Niño Intrauterino debe nacer después de las treinta y siete (37) semanas de gestación, el Estado debe garantizar Campañas de prevención para que este derecho se cumpla.
- Reconocida la identidad, todo estudio solicitado debe llevar el nombre del Niño Intrauterino junto con su Apellido.
- Se debe entender que todo Niño Intrauterino es sensitivo y receptivo al medio externo por lo tanto los mensajes negativos pueden alterar su personalidad.
- Todo niño intrauterino tiene derecho a nacer por vía vaginal, la vía abdominal (Cesárea) será de uso exclusivo cuando existan problemas maternos o del niño.
- Mientras no presente ningún factor de riesgo para su salud, todo niño al nacer debe permanecer al lado de su madre y no debe ser separado de ella por ningún motivo.
- Todo niño intrauterino debe disfrutar de las bondades de la lactación a partir del nacimiento, para ello su madre debe ser educada y preparada durante la gestación para darle cumplimiento a este proceso.
- Se debe brindar el máximo de comodidad y seguridad al Niño Intrauterino durante el trabajo de parto, evitando en lo posible el intervencionismo (posición materna, farmacológica, instrumental).
- Todo Niño Intrauterino enfermo tiene derecho a que se evalúe si el tratamiento que se le va a ofrecer (quirúrgico o médico) realmente le va a representar un buen pronóstico de vida.
- Se debe entender que el Niño Intrauterino es activo y dinámico durante su vida gestacional y muchos de los cambios orgánicos y psíquicos de la madre están mediados por la presencia de él.
- La familia del Niño Intrauterino está en la obligación de prepararse y educarse en el embarazo, para poderle brindar a su hijo unas mejores condiciones de salud, tanto en el período postnatal como en el prenatal.
- Se deben cambiar los esquemas tradicionales de la consulta médica al Niño Intrauterino por una consulta más Humana y dinámica teniendo en cuenta sus condiciones de ser individual.
- Se debe promocionar la consulta conjunta Obstetra, Pediatra o Neonatólogo para todo Niño Intrauterino enfermo, con el fin de tomar las precauciones necesarias en el momento del nacimiento.
- El estado y la sociedad, deben implementar programas específicos de protección al niño intrauterino, biopsicosocialmente discapacitado.
- Se debe ser muy cuidadoso en el abuso de la tecnología entendiendo que los estudios especiales se solicitan dependiendo de las condiciones de salud del Niño Intrauterino, y que no todos los niños ameritan de rutina de estos exámenes.
- Siendo la falta de oxígeno la primera causa por la cual mueren los Niños Intrauterinos se deben implementar estrategias por parte de los organismos competentes con la finalidad de disminuir la mortalidad perinatal.
- Todo Niño Intrauterino tiene derecho a ser vigilado muy estrechamente durante el período del trabajo de parto para evitar las complicaciones que se puedan presentar durante este proceso.
- Decretar el 20 de Marzo como Día del Niño Intrauterino.